El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció este miércoles una serie de medidas que busca desregular el mercado de cabotaje marítimo y fluvial, a través del decreto 340/2025 que salió publicado en el Boletín Oficial.
Esta decisión forma parte de una serie de reformas que el Gobierno nacional impulsó en torno al transporte, iniciando con el aéreo y luego terrestre. "No necesitamos aclarar que la reforma del transporte es un paso clave para bajar el costo argentino", escribió el ministro en su cuenta de X.
Una de las principales medidas impulsadas por el decreto 340 es que se permitirá el uso de matrícula nacional a buques extranjeros, de manera que "una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local", ejemplificó. Estos buques deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes, en lo que respecta al menos al 75% del personal.
A pesar de tener matrícula nacional, estas embarcaciones deberán operar con las leyes de su país de origen. Asimismo, se establece un régimen por el cual los operadores locales podrán operar con el sistema de cese de bandera, que les permite adoptar la bandera de conveniencia y contratar bajo las leyes de ese país.
El decreto además declara servicio esencial la navegación por agua marítima o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera. Eso implica que si alguna protesta llegara a afectar la prestación de servicios, no podrá haber una cobertura menor al 75% de la prestación normal.
El número necesario de tripulantes requerido para navegar será determinado por el armador, la capacidad de explotación de los buques y según prevean los convenios internacionales en cuanto a horario de descanso, relevos y demás cuestiones.
Los gremios podrán proponer a los empleadores un listado del personal disponible de sus bolsas de trabajo para la realización de tareas; sin embargo, el empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra persona que disponga.
Al respecto, Sturzenegger señaló que antes "la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato. Entonces era común la extorsión antes de zarpar (“subime estos dos compañeros, total que te hace”). Ahora la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles".
También se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje, permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros. Sin embargo, aquellos que sean autorizados a actuar en cabotaje nacional por más de 60 días, deberán ser tripulados por personal argentino o extranjero con residencia permanente.
Por último, se facilita la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional y se eliminan restricciones para el funcionamiento de talleres para hacer reparaciones, eliminando sendos cotos de caza de los que sabemos abundan en el país.
El ministro Sturzenegger destacó que el artículo 26 de la Constitución Nacional reza que "la navegación de los ríos interiores de la Nación es libre para todas las banderas", pero "después vino el excesivo reglamentarismo, que tapó todo, incluso los principios básicos de la Constitución".
Y apuntó contra el kirchnerismo que "destruye todo". "Puso al sector en punto terapia intensiva. 20 años después quedaban menos de 20 buques en el tráfico de cabotaje, principalmente destinado al transporte de petróleo y derivados desde la Patagonia. En el Paraná las barcazas paraguayas acapararon todo el tráfico. Habíamos entregado un negocio por las restricciones que impone el Estado", lamentó.
Y expresó: "Un país sin cabotaje competitivo no es viable y algo tenía que cambiar".
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